Cita:
Originalmente publicado por kuovadix
Multarte no. Pueden precintar el barco (que ya lo he visto hacer), y esperar notificación del consulado. Esto por ejemplo sucedio este verano en las islas, barco con bandera Belga, patrón español, abordaje por parte de otro barco con daños en la jarcia. La capitanía precinta el barco y lo retiene hasta recibir un comunicado del consulado Belga autorizando la navegación del barco.
Las normas que rigen son siempre las de la bandera del barco, pero el país por el que transita dicha bandera puede precintar el barco y pedir autorización (que quiere decir hacerse responsable de cualquier cosa que pase al país de bandera), en base al riesgo que asume el otro país. Evidentemente después en caso de siniestro habrá una responsabilidad civil subsidiaria en base a la autorización firmada por el funcionario de turno...(al que le caeran ochocientas mil ostias....)
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A mi me asalta la duda de si las normas MARPOL son o no de obligado cumplimiento por encima de las banderas, y lo mismo que (a otro nivel por supuesto), España exige que un petrolero de la bandera que sea, que navegue por nuestras aguas territoriales sea de doble casco, podría exigir que los barcos que circulen por nuestras aguass tengan un sistema de retencion de líquidos y no emisión directa.
Pero reconozco desconocer la postestad sancionadora de las capitanías marítimas a las embarcaciones extranjeras. Supongo que habrá que esperar unos veranos.