Cita:
Originalmente publicado por kuovadix
Multarte no. Pueden precintar el barco (que ya lo he visto hacer), y esperar notificación del consulado. Esto por ejemplo sucedio este verano en las islas, barco con bandera Belga, patrón español, abordaje por parte de otro barco con daños en la jarcia. La capitanía precinta el barco y lo retiene hasta recibir un comunicado del consulado Belga autorizando la navegación del barco.
Las normas que rigen son siempre las de la bandera del barco, pero el país por el que transita dicha bandera puede precintar el barco y pedir autorización (que quiere decir hacerse responsable de cualquier cosa que pase al país de bandera), en base al riesgo que asume el otro país. Evidentemente después en caso de siniestro habrá una responsabilidad civil subsidiaria en base a la autorización firmada por el funcionario de turno...(al que le caeran ochocientas mil ostias....)
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¿Donde esta establecida esa responsabilidad civil subsidiaria del Estado del pabellon?