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Antiguo 27-02-2014, 19:45
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Predeterminado Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa

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Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
¿Donde esta establecida esa responsabilidad civil subsidiaria del Estado del pabellon?
Arremanguemonos y tomemos una cerveza. El tema es complejo, pero fácil de entender. Yo no voy a entrar en los distintos artículos del código de comercio, código civil, tratados internacionales de navegación firmados por ambos estados, inclusive en algunos casos código penal. Simplemente te remito al tema del Prestige y la reclamación de Francia. Pues aquí tenemos un barco que un estado precinta por creer de acuerdo a la aplicación de sus normas marítimas que no puede navegar por seguridad. Por otro lado las leyes internacionales le obligan a dejarlo pasar por la ruta más corta posible, bien a su puerto de destino si estuviera más cerca para reparaciones, bien a salir de aguas territoriales por el transito inocente de dicho buque.
El estado de bandera evalua daños y concede permiso de navegación, hay ya asume una responsabilidad. Es evidente que la Cia de seguros será la primera que correra con los gastos, pero donde no llegue el Estado que ha concedido la autorización a un buque que estaba inmovilizado tendrá que soportar la cobertura de aquella cifra que la cia no pueda llegar, siempre y cuando se demuestre que el siniestro viene ocasionado directamente por los daños estructurales por lo que fué varado en primera instancia por el Estado que tiene competencia sobre las aguas en que sucedio el siniestro.

Ahora bien, y no pienso entrar más en el tema. La aclaración no era sobre éste tema, era sobre la posibilidad de sanción del Estado sobre un buque de bandeja ajena, y en ese caso NO HAY posibilidad, la única competencia es penal, no administrativa. Sólo pueden actuar en casos de infracción de normas penales, casos de infracción de normas de policia de puerto, sanitarias o de aduanas.
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