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Antiguo 23-03-2014, 10:59
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Predeterminado Re: Necesito urgentemente sentencias judiciales sobre bengalas caducadas.....

Es de coña que me apliquen la ley 27/1992 ....por tener las bengalas caducadas ...fijaros en la cuantía??

En las infracciones contra la seguridad marítima, multa de hasta 30.000.000 de pesetas.

En vez de aplicarme esta que seria lo logico:

Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar y se determinan las condiciones que deben reunir las entidades colaboradoras de inspección.

Clasificación Acción sancionable Sanción máxima según eslora
● Grave Navegar sin certificado de navegabilidad Hasta 7,5 m.: 601,01 Euros
o con este caducado De 7,5 a 12 m.: 1.202,02 Euros
Realizar obras de transformación De 12 a 24 m.: 3.005,06 Euros
o cambio de motor sin autorización.
● Muy Graves Las anteriores cuando ponen en peligro Hasta 7,5 m.: 1.502,53 Euros
la seguridad de la embarcación, ocasionen De 7,5 a 12 m.: 3.005,06 Euros
daños a personas o reincidencia. de 12 a 24 m.: 12.020,24 Euros
Navegación sin certificados por embarcaciones
que no reúnan las condiciones de navegabilidad.


Es mas...dentro del RD 1434/1999......hace referencia expresa (Reconocimientos periodicos B-2):

2. Una inspección minuciosa de los elementos de salvamento y de seguridad, material náutico y del resto del equipo, para comprobar que los mismos están en condiciones de prestar los requerimientos que les son exigidos.

Pues cuando me contestan a mi recurso de Alzada :

"DICHAS ALEGACIONES NO PUEDEN SER ESTIMADAS , PUES EL CITADO RD SE APLICA PARA LAS EMBARCACIONES DE RECREO (EN FUNCION DE SU TAMAÑO) SIEMPRE Y CUANDO QUE LA INFRACCION CONSISTA EN CARECER DE CERTIFICADO DE NAVEGABILIDAD O TENERLO CADUCADO Y DADO QUE LA INFRACCION IMPUTADA CONSISTE EN NAVEGAR CARECIENDO DE LAS BENGALAS EN VIGOR,LA SANCION ESTA ADECUADAMENTE IMPUESTA EN LA RESOLUCION IMPUGNADA EN VIRTUD DEL ARTICULO 120.2B DE LA LEY 27/92 POR TRATARSE DE UNA INFRACCION CONTRA LA SEGURIDAD MARITIMA."

Ahí con dos cojones...
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