Ya no se desacoplan ni nada, tú lleva el contrato de compra o factura de compra y lo pones donde quieras. Yo hace poco tuve la misma duda y lo consulte en capitanía y una gestoría y es así, los fueraborda ya no constan en la embarcación ni nada, con que tenga su documentación y no supere la potencia máxima admisible por la embarcación a correr
