Hola Juanitu:
efectivamente, no hay ningún problema. Todos vendemos y compramos antes de morirnos :-)
Si el vendedor se muere unos pocos días después de vender, en la herencia no figurará la embarcación sino el precio que ha cobrado, y si todavía no está cobrado figurará el crédito frente al comprador.
El único problema sobre la fecha de la venta es cuando hay terceros además de comprador y vendedor: acreedores, hacienda etc.
Es interesante sobre esto esta sentencia del Supremo:
http://impuestos-av.blogspot.com.es/...iedad-por.html