Cita:
Originalmente publicado por josera
Hola Cofrade:
He citado literalmente lo que nos comunicaron y afortunadamente eramos tres para confirmar lo que escuchamos y fue que a patrones españoles con barcos bandera extranjera,deben de tener la titulacion.
Voy a intentar averiguarlo, ya que debo personarme en capitania y en aduanas para presentar los papeles que no llevaba y os lo comentaré, y asi salimos todos de dudas.
Que no cunda el panico de momento 
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Insisto, el estado Español no tiene potestad normativa y no puede legislar sobre las condiciones administrativas, de seguridad, titulaciones, étc o lo que sea exigible para patronear un buque de otra nacionalidad , en este caso Bélgica, potestad que es exclusiva del estado de abanderamiento; ya que sería una intolerable e ilegal injerencia en la soberanía y los asuntos que el Gobierno del Reino de Bélgica ejerce sobre sus cosas (barcos o lo que sea).
¿Os imagináis a la DGMM exigiendo alguna de sus "ocurrencias", por decirlo de alguna manera suave, a un buque de carga británico, coreano, norteamericano o de donde sea, solo por que su capitán es español; mientras que a otro de la misma naviera no se lo exige porque su capitán es griego? Vamos, me meo de risa.

Es un intento de tomadura de pelo. Por cierto, ya que vas a ir, yo les preguntaría cual es el soporte legal de tamaña pretensión y que Ley les ampara para pretender exigir titulación a bordo de un barco belga, vulnerando las leyes de ese país que el estado Español tiene obligación de respetar y acatar en este caso por aplicación de los convenios internacionales de navegación marítima y demás.

