
23-04-2014, 22:25
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Hermano de la costa
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Re: Nuevas titulaciones náuticas
Me auto cito:
Cita:
Originalmente publicado por Capitán Trucho
Concepto de embarcación de recreo
Resulta conveniente conocer cuál es el concepto de embarcación de recreo según la legislación vigente, a fin de diferenciarla del resto de embarcaciones y conocer la normativa que les es aplicable.
Según el artículo 2.1 del RD 1434/1999 de 10 de septiembre, se consideran embarcaciones de recreo aquéllas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros.
Dicha definición será corroborada posteriormente por el Real Decreto 2127/2004 de 29 de octubre, en su artículo 3.a), si bien ampliando su ámbito a su utilización con ánimo de lucro (arrendamientos) o con fines de entrenamiento para la navegación de recreo.
Por otra parte, el Real Decreto 1435/2010 de 5 de noviembre, regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.
La fuente:
https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG...ion_de_recreo/

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Cita:
Verás, esta ley no es nueva es un Real Decreto de 1999: Cita:
Artículo 2.
Ámbito de aplicación.
1. Este Real Decreto se aplicará a las embarcaciones
de recreo matriculadas en España, considerándose como
tales aquellas de todo tipo, con independencia de su
medio de propulsión, que tengan una eslora de casco
comprendida entre 2,5 y 24 metros, proyectadas y des-
tinadas para fines recreativos y deportivos, y que no
transporten más de 12 pasajeros.
El BOE:
https://www.fomento.gob.es/NR/rdonly...4341999boe.pdf
Si quieres llevar algo con pabellón español de mas de 24 metros o transportar mas de 12 pasajeros necesitas hacerte marino mercante (O de guerra como se llamaba antes). Al no ser una embarcación de recreo, aunque tengas el título de Vicealmirante de la Flota de Recreo del Atlántico Norte, que es mucho mas que CY, no la puedes llevar. Otro tema es que te dirijas a Francia o Inglaterra dónde no hay limitaciones para los veleros y no te piden titulación alguna.
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Cita:
Originalmente publicado por Pepota
En 2007 podiamos llevar un transatlantico ,en 2010 se acabo.Una pena,cosas de la dggmm.
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Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar ..
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