Muchas gracias, se nota que aunque es conversación de barra, sabes de que hablas. La verdad es que con hacienda tengo los mínimos tratos posibles

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Ayer noche estuve mirando en la web de hacienda los papeles de petición de exención, y es como dices, tengo que aportar un documento de pago de impuestos de mi empresa de charter para que me la concedan, y lógicamente no tengo empresa de alquiler...
Así que me veo con que no conseguiré ningún papelito sencillo, para que cualquier GC recién salido de academia entienda, y tendré que llevar a bordo un dosier con la historia del barco para que la analicen y estudien si me paran, y se la crean de buena fe.
Lo que se tendría que ser, viendo como esta la cosa, es que con la baja de bandera se emitiese un certificado donde constase que dicha embarcación tiene todos los impuestos abonados, y que no tuviese caducidad. Con eso todos los problemas solucionados, y si el barco ha estado matriculado en España es que tiene todos los impuestos pagado ¿no?
Esto es España, y aunque tengamos bandera extranjera, siempre tendremos problemas con la administración que tan bien gestionad esta

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Un saludo