Cita:
Originalmente publicado por genoves
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Entiendo q la norma 8 de situaciones espaciales:
El titular queda obligado a comunicar cualquier modificación de los datos del titular de la embarcación, en un periodo no superior a tres (3) meses desde la fecha en que se produce la modificación. En caso contrario, podrá ser motivo de baja del uso del puesto de amarre.
Permite el cambio de bandera?
Pero vamos, antes de nada hay q pasar a ver a los de Autoridad Portuaria, en Mallorca, no son como el resto de puertos españoles.
Gracias por la INFO.