Volviendo al hilo, como ya se ha hecho y ha pedido Peleón, me permito copiar de la página de
ANAVRE la última información de una charla que tuvo lugar en Cádiz (
hay otro hilo con esto).
En el transcurso de esta charla...
Cita:
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El representante de la Guardia Civil aclaró que en estos casos (*bandera extranjera) la documentación que se requiere son únicamente el seguro y la justificación del pago de los impuestos ya que sobre el resto no tienen competencias. Ello que no evita que en alguna ocasión algunos compañeros por error hayan llegado a solicitar algún otro documento o material de seguridad, pero esas denuncias quedan posteriormente paralizadas en Capitanía, (se reconoció que no deja de ser un incordio para los afectados).
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Competencias que parece reconocer la GC sobre barcos con bandera extranjera.
Es cierto que hay muchos casos particulares, pero lo normal es que quienes se han pasado a bandera extranjera no lo han hecho por escatimar en medios de seguridad ni revisiones, sino por otras cuestiones "administrativo-burocrático-multativas".
Ejemplo, el mismo que ha citado Whitecast del cofrace
Barnic
Cita:
...Notificación de la Capitanía de Castellón de una posible multa de hasta 90.000€... Motivos: falta de bengalas a bordo, falta de seguro obligatorio, falta de licencia para navegación,...
...Recurrimos, evidentemente,...
...Al final, multa de 700€...
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90.000€, aunque sea un BORRADOR de multa, te deja mal cuerpo para varios años.

