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Antiguo 29-11-2007, 20:12
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Predeterminado Re: Clasificacion solas III/Q - Preguntas...

Veamos:

El convenio SOLAS no resulta de aplicación a las embarcaciones de recreo.

En el año 1982 España decidió imponer las disposiciones del convenio a todos los buques civiles de su flota, incluyendo los de recreo. Eso se hizo mediante el REAL DECRETO 1661/1982, de 25 de Junio, el cual disponía que el Ministerio de Transportes dictaría las normas necesarias para adecuar las disposiciones del convenio a las características y actividades de los buques españoles. Esto se hizo mediante la ORDEN de 10 de Junio de 1983 del Ministerio de Transportes, Turismo y Comercio. Se denominaron "Normas complementarias".

Según estas normas, los buques nacionales se clasificaron en diferentes grupos y clases.

Uno de estos grupos es el III: Buques de pesca, recreo y servicios de puerto. Y dentro de este grupo, la clase Q: Buques y embarcaciones de recreo no dedicadas al tráfico comercial.

En lo que respecta a las embarcaciones de recreo, las disposiciones de las normas complementarias se encuentran ya derogadas. Por lo que el hecho de que en la hoja de asiento aparezca la clasificación SOLAS, sólo obedece a la falta de adecuación de la aplicación informática mediante la que en las Capitanías expedimos los documentos a la realidad normativa actual.

Siento decirte que no tiene nada que ver con la categoría de diseño de la embarcación ni con la zona de navegación que se le haya asignado o se le pueda asignar.

Saludos.

Editado por Inspectorate en 29-11-2007 a las 20:15.
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DavidElMarino (07-04-2016), kakyka (30-11-2020), karburo (18-08-2021), Selvaard (17-10-2021)