Una ronda
Tengo un proyecto/propuesta de póliza de seguro para mi embarcación (con PABELLON BELGA), que en el clausulado dice:
La Entidad Aseguradora no se hace cargo de las reclamaciones, pérdidas y/o daños que, total o parcialmente, directa o indirectamente, sean causados por o a consecuencia de:
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Si la persona que custodia o maneja la embarcación no posee la titulación obligatoria exigida por las disposiciones en vigor y/o esté fuera de las prescripciones y reglamentos de la Administración, al ocurrir el siniestro.
Incumplimiento de los preceptos establecidos por la Administración Española en materia de certificados, matriculación,
inspección, material de seguridad de navegación o análogo.
Tengo pendiente de que la cia. me confirme, o no, si es así. Cuando me respondan os haré partícipes.
Los que tenéis pabellón extranjero tenéis esa limitación en vuestras cláusulas?