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Antiguo 30-05-2014, 21:40
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Antonio_Mataelpino Antonio_Mataelpino esta desconectado
Irmandiño da Costa
 
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Predeterminado Re: Desaparecidos en la mar

En resumen y según el enlace (que supongo estará contrastado):

El desaparecido podrá ser declarado como fallecido:1

-Cuando hayan transcurrido 10 años desde que se tuvieran las últimas noticias del desaparecido o, a falta de éstas, desde que se produjera su desaparición.

-Cuando hayan transcurrido 1 año desde su desaparición cuando ésta se haya producido en una situación de alto riesgo para la vida de la persona.

-Cuando hayan transcurrido 3 meses para los tripulantes o pasajeros de un barco, en los casos de naufragio.

-Cuando hayan transcurrido 3 meses para los tripulantes, auxiliares y pasajeros de un avión desde que se produjese el accidente aéreo.
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.”

.... el infierno puede ser divertido....
.... si estás con la diablesa correcta ....

NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡

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