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Antiguo 02-06-2014, 23:16
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MAGISTER PILTRAFIA
 
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Este es el típico ejemplo de cláusula abusiva anulable en un pleito.
No se le puede exigir a un ciudadano de la unión una titulación específica española, cuando la legislación de bandera no exige tal titulación. El barco lo gobierna su patrón, y en el barco rige la legislación de su bandera.

Cita:
No obstante lo anterior, si el personal al mando de la embarcación fuere de nacionalidad española y la navegación se realizara en aguas de soberanía española, este personal deberá ostentar los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro.
Sería algo así como prohibirle a un chico español de 17 años conducir en Estados Unidos, o a la inversa, que un norteamericano de 17 años pudiese conducir en España sin problema. Los vehículos y carreteras son competencia del país donde están. Los barcos que navegan son competencia del país donde están abanderados.

Otra cosa es el MARPOL, los impuestos y el tráfico de drogas, pero un seguro no puede "dejar de asegurar" a un español por "malote malo malote que te has ido fuera a abanderar..."
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~
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