Discusión: Bandera alemana
Ver mensaje
  #4  
Antiguo 03-06-2014, 21:47
Avatar de cónsul scipio
cónsul scipio cónsul scipio esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 30-10-2006
Localización: río mohoun
Mensajes: 1,304
Agradecimientos que ha otorgado: 539
Recibió 871 Agradecimientos en 412 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: vandera alemana

Cita:
Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
Estás en un error cofrade, necesitas un título para manejar embarcaciones con bandera alemana:

*Sportbootführerschein Binnen, válido para aguas interiores y hasta 3.68 Kw

*Sportbootführerschein See, válido para aguas abiertas hasta 3,68 Kw

*Sportküstenschifferschein, válido hasta 12 millas de la costa

*Sportseeschifferschein, válido hasta 30 millas

*Sporthochseeschifferschein, navegación sin limitación


Un seguro es obligatorio en casi cualquier vehículo con motor y en cualquier país de la UE, no solo en embarcaciones.

Realmente es como he dicho y tengo las pruebas. Aquí te presento un correo electrónico del ministerio correspondiente (Bundesministerium für Verkehr, Bau und Stadtentwicklung)

Sehr geehrter Herr (yo mismo),

vielen Dank für Ihre Mail. Ihre Anfrage zum spanischen Segelschein beantworte ich gern.

Sofern Sie Ihr Sportboot nur zu privaten Zwecken nutzen, es also weder vermieten noch gewerbsmäßig nutzen, benötigen Sie für ein Sportboot unter deutscher Flagge in spanischen Seegewässern keinen deutschen Befähigungsnachweis

Muy señor mío,

Muchas gracias por su correo electrónico.... bla blabla

En tanto que solo use su embarcación deportiva de forma particular en aguas españolas, es decir ni la alquile ni la use comercialmente, no necesitará ningún título alemán para una embarcación deportiva abanderada en Alemania.


(Y sobre los títulos que has puesto arriba, los dos últimos son unicamente voluntarios. Solo es obligatorio el de 12 millas en aguas alemana. Otra cosa es lo que te pueda requerir el seguro.)

Y sobre el seguro aquí tienes la prueba:

el ministerio correspondiente saca cada año un libro de recomendaciones de seguridad y la legislación alemana para la nautica de recreo

http://www.elk-boat.de/elkboat/index...d=52&Itemid=67

en capítulo 2, apartado Versicherung página 20 puede leerse lo siguiente:

Versicherung

Anders als für Straßenfahrzeuge gibt es für Sportboote keine Versicherungspflicht. Jeder Wassersportler haftet jedoch für alle Schäden, die er im Zusammenhang mit dem Besitz oder Gebrauch eines Sportbootes einem Dritten schuldhaft zufügt. Es wird daher jedem Bootseigner drin gend empfohlen, zumindest eine Haftpflicht-Versicherung abzuschließen, die Schäden reguliert oder die Abwehr von unberechtigten Ansprüchen übernimmt.

Al contrario que para los vehículos de carretera para las embarcaciones de recreo no existe la obligación de contratar un seguro. Sin embargo, todo aquel que practique un deporte náutico es responsable de todos los daños que cause a un tercero en relación con la propiedad y el uso de una embarcación de recreo. Por tanto se recomienda a todos los armadores contratar como mínimo un seguro de responsabilidad civil.....


creeme, eso es así


salud y libertad

scipio
__________________
¿Por qué seguir tendencias si puedes seguir el viento?

El proyecto es el borrador del futuro. A veces, el futuro necesita cientos de borradores.
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a cónsul scipio
pil pil (03-06-2014)