Cita:
Originalmente publicado por gaxefer
Buenas noches....y unas copitas de licor café    .
En Galicia, en los puertos dependientes de Portos de Galicia (valga la redundancia)
SE prohibe la navegación a vela en los canales de entrada a los puertos  .Las embarcaciones cuya unica propulsión sea a vela deberán salir o entrar remolcadas.
(Diario Oficial de Galicia, n.215 do Xoves,10 de Novembro de 2011 pax.32808).
  Chamade o remolcador (llamar al remolcador).   
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Hoy, en Cangas, nos advirtió a voces de esta prohibición el patrón de un macrocatamarán de los que va a Cíes..
¿Si la propulsión alternativa a la vela es el remo también deberás ser remolcado?
DOG Núm. 215 Xoves, 10 de novembro de 2011 Páx. 32809
7.As actividades de piragüismo ou remo non se poden realizar dentro dos portos, agás en zonas expresamente habilitadas e autorizadas para este deporte.
Se han pasado un poco ¿no?...


