Respuesta: Duda con el RIPA
Creo que no ha sabido explicarme:
¿Es posible que un buque a vela vea a otro de vela por su proa, o casi por su proa, de forma que de noche vería las luces de tope de ambos palos del otro enfiladas o casi enfiladas y/o las dos luces de costado, y de día observaría al otro buque bajo el ángulo de apariencia correspondiente?
Por supuesto
¿Se denomina lo anterior situación de vuelta encontrada conforme al RIPA?
Creo que no.
El RIPA refiere la situación de vuelta encontrada unicamente a buques de propulsión de mecánica, y no a los de vela.
Esa es mi humilde opinión s.e.u.o.
Rondas para todos.
PD: Me refiero siempre a la denominación de vuelta encontrada conforme al RIPA, que se define en la regla 14, cualquier otra cosa será lo que sea y se aplicarán las reglas pertinentes, pero nunca será una situación de vuelta encontrada conforme al RIPA.
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