Cita:
Originalmente publicado por P27
Por favor dime donde viene esa disposición porque me interesa
|
1. Qué se entiende por embarcación de recreo
Se consideran embarcaciones de recreo aquellas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros.
de la web del ministerio de fomento:
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...REO/Preguntas/