Cita:
Originalmente publicado por trabañarru
a mi lo que me diga la chica o el chico me da igual, yo a los 4 o 5 cuerpos de inspeccion y control que tenemos por aqui no puedo empezar a explicarles que si una chica me dijo esto o lo otro.... buenas multas ya hay al respecto..
ahora, como digo siempre, que cada uno haga lo que le de la gana..
aqui lo pone bien claro
http://www.nasdap.ejgv.euskadi.net/r.../es_18232.html
Para poder ejercer la pesca recreativa de superficie desde embarcación es necesario, que ésta se inscriba en el Libro Segundo del Registro de buques del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad donde deber figurar el nombre, matrícula y folio de la embarcación, sus características y la titularidad de la misma.
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Muchas gracias Trabañarru, con eso soluciono el problema.
Tienes una ronda pagada bien merecida

