
10-07-2014, 12:54
|
 |
Expulsado
|
|
Registrado: 21-07-2008
Mensajes: 1,332
Agradecimientos que ha otorgado: 455
Recibió 761 Agradecimientos en 334 Mensajes
Sexo: 
|
|
Re: Auxiliar ¿que se debe llevar?
Cita:
Originalmente publicado por RMR2ENG
Cito post de otro cofrade que habia guardado en mis documentos:
"Real Decreto 607/99, BOE 103.
Artículo 1. Objeto del seguro.
1. El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria tiene por objeto la cobertura, en el ámbito y dentro de los límites fijados en el presente Reglamento, de la responsabilidad civil extracontractual en que puedan incurrir los navieros o propietarios de embarcaciones de recreo o deportivas.
¿Que definen como embarcaciónes de recreo o deportivas?. Pues el articulo 2.
Artículo 2. Embarcaciones de recreo o deportivas.
Tienen la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor, incluidas las motos náuticas, así como aquellos que carezcan de motor y tengan
una eslora superior a seis metros."
Si tiene motor es obligatorio seguro.
|
Si, señor. Asi es como se resuelve una duda sobre normativa.
|