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Antiguo 11-07-2014, 11:17
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elmarineroloco elmarineroloco esta desconectado
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Predeterminado Re: Hallazgo de una semirrígida, una lancha Taylor

BUENOS DIAS COBFRADES
unas ronditas y buscar mesa en la taberna que va pa largo


a ver el tema de los hallazgos no es tan sencillo como poneis , os comento los pasos (acabo de terminar uno de lo mas completito)

1º comunicar a la comandancia militar mediante denuncia por escrito el hallazgo y poner a disposicion de la misma el bien hallado.
2º por parte de la comandancia empienzan a hacer indagaciones de denuncia de robo, una vez comprobada la inexistencia del mismo , y aprox dos meses(dependiendo del trabajo que tengan) te envian citacion para presentarte a ratificarte, en ese momento puede ocurrir 2 cosas que te designen depositario a titulo gratuito del bien (osea que pagues los gastos )o que si no lo aceptas designen a otra persona paraa ello (que cobrara los gastos estipulados)

3º una vez ratificado, se procede a inspeccion y valoracion del bien por parte de un perito militar designado.

4º tras valorarlo se publica el hallazgo , que dependiendo del valor del bien y a criterio del juez militar que instruye , puede
a) publicacion en los boletines oficiales que puede ser autonomico, estatal, o europeo
b)anuncios en prensa
c) edictos a clubs,puertos,comandancias,capitanias ,ect,ect

5º transcurridos 6 meses desde la pubicacion del edicto , hay 2 opciones
a) si el valor de tasacion del bien hallado es inferior a 900€ , se adjudica directamente al hallador
b) si el valor de tasacion del bien hallado es superior a 900€ , el bien sale a subasta publica, se publica con un mes de anterlancion minimo , al hallador se le pagan los 900€ a los que tiene derecho mas 1/3 de lo que se pague en subasta, en este caso la puja minima en subasta serian los 900€ , y el hallador tiene que presentarse obligatoriamente a la misma o perderia los derechos.

6º una vez adjudicado bien directamente o bien mediante la subasta, previo pago de impuesto transmisiones patrimoniales, y los gastos se hace entrega del bien y de un documento que te acredita como propietario de un barco que ni puede navegar, ni estar a flote.

hasta este punto aproximadamente se tarda un año mas o menos

apartir de aqui , se estropietario de un barquito que
A) tiene una matricula española que figura en capitania marina mercante , sin problemas te cambian el nombre pasas itb y a navegar
B) no tiene matricula , pues a matricularla si es en españa ,pues a sufrir si tiene ce sin problemas , si no tiene ce pues proyecto de ingeniero naval, itb , ect ect
c) si es matricula extranjera , solicitar baja de bandera en el pais de origen y continuar con el apartado b

facil y rapido

un saludo a todos y un beso a todas

Editado por elmarineroloco en 11-07-2014 a las 11:22.
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