[quote=Robao;1671767].
Sobre este tema, varios asistentes intervinieron para que se les aclarasen algunos puntos confusos que tenían en la aplicación de la nueva Ley.
El representante de la Guardia Civil aclaró que en estos casos la documentación que se requiere son únicamente el seguro y la justificación del pago de los impuestos ya que sobre el resto no tienen competencias.
Seguramente esté contestado ya en algún post anterior(de los cientos que hay) pero... ¿como se justifica que un barco de ocasión con pabellón belga o otro, y anteriormente con pabellón español, ya pagó el impuesto de matriculación? ¿donde consta?
