Cita:
Originalmente publicado por BICHO MORAIRA
remojado, correcto, La ITB inicial la pasa el fabricante en caso de ser embarcación en serie. Si es autoconstrucción una empresa homologada al efecto. Esa inicial está sellada por el fabricante y se entrega en capitanía el día de la matriculación, y con ella dan el antiguo certificado de navegabilidad (o como se llame ahora), de caducidad ilimitada en las embarcaciones de eslora inferior a 6m.
Y si, con una moto de agua, con las luces prescriptivas, se puede navegar de noche.

|
Que nooooo.....
Lo que puede hacer el fabricante es registrar (concepto distinto de la matriculación y solamente es valido en aguas terrioriales españolas hasta zona 4 - 12 millas) y las esloras inferiores a 6 m no pasan ninguna ITB!
Para matricular una embarcación de menos de 6 m necesitas la factura de la embarcación con IVA (o contrato compra venta y comprobante de pago del ITP) , la declaración de conformidad CE, el manual del proprietario, tu DNI, el modelo 06 de no aplicación del Impuesto Especial Sobre Determinados Medios de Transporte, rellenar los formularios, pagar la tasa de ayuda a navegación, alguna otra tasa y ya está. En ningún momento pasas una ITB.
De echo yo he comprador mi semirrigda de eslora inferior a 6 m nueva en Italia, la he ido a recoger con toda su documentación y la he matriculado en España. Ningún problema y repito nada de ITBs.
Os recomendo consultar el RD de Abanderamiento.
