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Antiguo 30-07-2014, 15:31
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Ley De Navegación Marítima

Cita:
Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
En los estrechos internacionales no hay paso inocente sino paso en tránsito, es parecido pero se limitan las condiciones a que el estado ribereño pueda intervenir o impedir la navegación de un buque extranjero.

Salud
Rigurosamente cierto.

Cita:
Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
La Convencion de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar no establece esa distincion que hace la ley española entre paso inocente (arts. 37 y ss.) y el "regimen general de navegacion" de barcos extranjeros en aguas de un Estado ribereño (art. 22). En la ConveMar, la unica forma de navegar un barco extranjero por aguas de un estado ribereño distinta del paso inocente es el paso no inocente.

Y, por tanto, la ley española no puede inventarse un tipo de navegacion de buques de terceros estados y regularlo de forma diferente que el paso inocente. Sea cual sea la navegacion de un buque de terceros estados por las aguas territoriales del Estado español, éste podra imponerles unicamente las condiciones que le habilite la ConveMar (art. 21, art. 22, sobre el seguro, etc.). Ese "truco" de inventarse esa categoria del "regimen general de navegacion" distinto del paso inocente y usarla para imponer condiciones arbitrarias no habilitadas por la Convemar.

En lo que si estoy totalmente de acuerdo es que resulta gracioso ver las opiniones de los que cogen una frase entresacada y dicen "mira lo que pone"; o los que se miran una norma y la estudian con detalle, pero no la situan en el contexto de su sometimiento a otra norma de rango superior con la que pueda resultar contradictoria...
Eso va a ser.
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Editado por Nonick en 30-07-2014 a las 15:35.
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