Cita:
Originalmente publicado por RMR2ENG
Si es un velero y no un motovelero, no deberias pagar anualmente.
Deberias haber pagado solamente una vez en la matriculación.
Las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado podrán suscribir convenios con las Comunidades Autónomas y organismos portuarios dependientes o vinculados a éstas para el cobro de esta tasa.
(...)"
|
Qué grande eres RMR.....andaba buscando esta puuu---aaaa tasa y aparece toda la información recogida por tí.



Así no hay que especular; ahí está la pu-a ley...
Me cobran 645 lereles por pasar de Inscripción del Art 8 a Registro y matriculación del Art 9....... para poder pasar a 25 millas......
Me lo estoy pensando..... sólo en tasas, por este pu-o proceso, cerca de 1.000 pavos.....
NO SE LO MERECEN.....
panda de ca-rones......
Bélgica de mis amores, ....