Re: Instrucción DGMM interpretación Ley 1435/2010
La interpretacion del termino "auxiliar" es muy restrictiva, y añade la exigencia de que la auxiliar esté "a la vista" de la embarcación principal.
A la vista de ello, insisto en recomendar que, a poco que se vaya a dar un uso que vaya mas alla que el de ir del fondeo a tierra, conviene matricular la auxiliar como embarcacion independiente. Y mas aun si el barco es belga, holandes, britanico o parecido. No sea que la GC interprete que no se esta usando como auxiliar y, por tanto, le aplique el Derecho español, con las consiguientes multas por no matricular (si es de 2,5 mts), no tener seguro, no llevar equipos de seguridad, etc.
Editado por Tupac A. en 03-09-2014 a las 14:32.
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