Cita:
Originalmente publicado por markuay
perdon, ocupacion de un espacio publico, es complicado buscar similes y poco acertado en muchos casos, en todo caso un vado seria algo similar a la bocana de un puerto, comercial o no donde se colocan unas boyas diciendo que ahi no se puede parar porque hay que dejar el espacio libre para la circulacion de uno o 500 barcos, nada que ver con una boya que lo que pretende decir es que ahi no se coloca nadie excepto el listo que a colocado la boya.
es como si yo me pinto una zona de la calle y ya solo aparco yo.
Hoy por hoy solo se admite en el caso de servicios oficiales, ambulancias, policia, etc y por supuesto previa peticion, minusvalidos.
   
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El vado elimina N plazas de aparcamiento para un uso privativo del paso y la acera pagando un canon de concesión anual. Como una terraza.
Nadie puede emplear esa acera (espacio público) para un uso diferente que el de paso a una finca privada o el servicio de hosteleria, y así hasta que se demuele el edificio. En segun que tipologias urbanisticas anticuadas (e incluso modernas) eso implica una manzana entera llena de cocheras independientes y ningún sitio público donde aparcar.
Hay ciudades donde la terraza invade de tal manera la acera que andar (que es su uso original) es imposible, en ocasiones un propietario consigue que se limite su paso y el de enfrente porque no puede girar con el Range Rover (y paga y se lo dan, máxime si conoces al concejal).
Me dedico en parte a lo del uso privado del suelo público y aunque desconozco en profundidad la ley de costas, todo se basa un poco en lo mismo; podría hablarte mejor del uso de vias publicas, carreteras, y dominio público hidrahulico, pero al final todo es lo mismo.
A veces los vados solo tienen una pintada. Y las terrazas se salen montones de metros de su puesto.
¿Estás seguro de que no es lo mismo que la boya privada legal a nivel ocupacion de un espacio público?
Y pregunto ¿Por qué el nadador puede morir arrollado fuera de las boyas amarillas y debe practicar su ocio confinado entre éstas y no por toda la cala?
Respecto a lo nuestro.
Parece que hay varios tipos de boyas LEGALES:
- Concesiones municipales de campos de boyas, similares a lo que se habla de la costa brava y que gestiona un concesionario limitando total o parcialmente otros usos.
- Concesiones a instituciones, generalmente clubes deportivos, organizaciones tipo lo de la posidonia y otros organismos para su uso o explotación.
- Autorizaciones administrativas a particulares o empresas, donde entra de todo, desde la boya de descarga de Repsol en Cartagena, hasta una boya de una empresa de charter en una cala para una motora de alquiler, pasando por los campos de boyas para motos de agua, etc. No llevan luz todas, no se notifican por AtoN pero pueden ser perfectamente legales... o no.
y muchos más formatos, que dependerán de nuestra estructura administrativa, social y geográfica (8000 ayuntamientos, 17 CCAA, 22 Capitanias, tropecientas cofradías, sopotecientos puertos deportivos...)
Esa pretensión de que 'el mar de una cala es absolutamente público y nada puede limitar que yo lo use como quiera', mientras que 'el mar de mi puerto es mío y como lo he pagado lo puedo usar como dicen los estatutos' no se sostiene.
Y te aseguro que en según que fondeaderos gallegos cortas una boya ilegal porquetulovales, no vas a tener peninsula para correr.
Yo es soy más de entendernos todos (aunque en agosto sea complicado pues es cuando sueltan a todos los balltouchers juntos).