Buenas mañanitas

Estos temas donde mejor van es en el foro de Cuestiones Legales, pero ya que estamos...
El asunto del IGIC ha cambiado, para importaciones a Canarias:
Tipos de gravamen aplicables a las operaciones relacionadas con buques,
embarcaciones y artefactos navales
* Tipo general: 7%:
- Las únicas embarcaciones que tributan al tipo general son las
embarcaciones olímpicas.
* Tipo incrementado del 9,5 por 100
- Se aplica a todos los buques, embarcaciones y artefactos navales que no tributen ni al tipo general ni al tipo incrementado del 13,5 por 100.
* Tipo incrementado del 13,5 por 100
- Las embarcaciones y buques de recreo o de deportes naúticos con más de
8 metros de eslora (antes era 9 metros).
- Las motos náuticas pasan a tributar al tipo del 13,5 por 100
(anteriormente tributaban al 9 por 100).
Hay que tener en cuenta también que la devolución de un impuesto es a un mismo sujeto pasivo

. Me explico: Si compras en Península pagando IVA para traer a Canarias, tienes tres meses para, pagando previamente el IGIC correspondiente, solicitar la devolución de lo que pagaste de IVA.
Saludos

Para el Impuesto de Transmisiones, en esta página se puede hacer la valoración y ver cuánto pagaremos:
https://sede.gobcan.es/tributos/jsf/...arcaciones.jsp
Y en esta otra tenemos acceso a toda la información que precisemos sobre tributación:
https://sede.gobcan.es/tributos/jsf/...nicio_sede.jsp