Re: te pueden parar la GC de tierra con el barco?
En primer lugar, si me llaman desde tierra, tendré que tener en cuenta la seguridad del barco y su tripulación, para acercarme donde me diga el guardia, y si como responsable del barco considero que es peligroso, no lo haré, le indicare que atracare donde pueda y con unas mínimas garantías de seguridad, en cuando a lo de registrar el barco, sin mediar una causa justificada, y me refiero a las causas que pueden motivar una "entrada" sin autorización judicial, estos NO PODRÁN, entrar, por lo tanto registrar, los camarotes de un barco, pues ateniéndonos a los artículos 545 y 554 de La Lay de Enjuiciamiento Criminal, estos (los barcos) pueden ser considerados domicilio de su ocupantes, como dicen reiteradas sentencias del Tribual Supremo, naturalmente no me refiero a un barco utilizado para darse una vuelta por las playas cercanas, cualquiera que este pasando simplemente un fin de semana en el barco, que en esos momentos sea su "morada" tendrá esa consideración,en caso de que se viole ese derecho, pues nada al Juzgado de Guardia, con todos las pruebas y TESTIGOS de esa entrada y luego nos tomamos una cervezas y no reímos un poco en el bar.....
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