Entiendo que para navegar de noche cuenta el Título y no la eslora de la embarcación. Pongamos el ejemplo de que el patrón se queda a bordo y es uno de la tripulación, sin ningún título, quién se acerca al chiringuito. Tiene que volver antes de la noche.
Cita:
No se necesitará título de recreo
Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica), se podrán gobernar las siguientes embarcaciones/ aparatos flotantes, sin necesidad de un título:
- Embarcaciones a motor hasta 4 mts. de eslora y con una potencia máxima de 11,03 kW.
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Lo mismo si el tripulante tiene el "Titulín"
Cita:
Autorizaciones Federativas
- Gobierno de embarcaciones de recreo, hasta 6 mts. de eslora y una potencia máxima de motor de 40 kW (54 CV), en navegaciones diurnas en zonas delimitadas por la Capitanía Marítima.
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Con el PNB, PER, PY Y CY no hay problema.
El problema puede surgir si un navegante con el "Titulín" y su tractor de 6 metros con motor de 54 CV fondea en una cala y se acerca al chiringuito con la auxiliar de 2,40 m

. Tiene que volver antes de la noche.
