Cita:
Originalmente publicado por Nelson
El link de ANAVRE que han colgado con los Oficios de la DGMM , no es fruto de la casualidad, sino de reuniones personales mantenidas en Madrid con responsables de la DGMM.
A bordo hay que llevar el material obligatorio para la zona donde te encuentres, entendiendo por tal, la mínima autorizada. Pues por soltar amarras NO entras ya en zona 1....
Este es el criterio de la DGMM y del Servicio Maritimo de la GC.
Lo otro son debates semanticos para la RAE.

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Cada uno hace en su barco lo que considere, faltaría más, es su responsabilidad.
Ahora bien, alguien ha abierto un hilo sobre un tema del que creo que puedo opinar con cierto conocimiento y hago mi aportación, ya que no la puedo hacer en aspectos de trimado o de mecánica. Cada uno "arrimamos en lo que podemos". Me parece innecesariamente despectivo lo de los debates semánticos para la RAE.
En un barco puede haber un accidente del que se deriven responsabilidades civiles o penales, además de las administrativas. Y las responsabilidades civiles o penales se dirimen ante los tribunales, que no tendrán para nada en cuenta ni instrucciones internas de la DGMM ni conversaciones con asociación alguna, sólo las normas de carácter general, publicadas en el BOE.
En mi opinión la DGMM debería promover una modificación de la legislación allí donde sea necesario porque la que haya es absurda, no forzar interpretaciones o tratar de legislar a base de circulares.
Yo doy por terminada mi intervención en este hilo, pero la interpretación de que cuando sales de puerto vas pasando por todas las zonas inferiores de navegación también dá para sacar unas conclusiones "curiosas".
Saludos cordiales