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Antiguo 01-09-2014, 14:15
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papaventos papaventos esta desconectado
Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Nueva directiva sobre equipos marinos

Iperkeno,
esto no es nuevo completamente, ya teníamos en el ordenamiento interno un RD trasponiendo una directiva en la materia (que se deroga en septiembre de 2016 por la nueva). El Real Decreto 809/1999, de 14 de mayo, por el que se regulan los requisitos que deben reunir los equipos marinos destinados a ser embarcados en los buques, en aplicación de la Directiva 96/98/CE, modificada por la Directiva 98/85/CE.
A pesar de que en su artículo 1 habla de garantizar la libre circulación de los equipos dentro de la Unión Europea, el 6 establece que, para su comercialización en España o embarque a bordo de un buque español, deberá llevar el marcado de conformidad o cumplir, en su caso, lo preceptuado en el Real Decreto, y que la Administración marítima expedirá o renovará los certificados. Supongo que ésto último es de lo más importante que deberá caerse con la trasposición de la nueva directiva . Aún tardaremos en ver si es suficiente en términos de competencia-menores precios.

Pepota,
me parece que la cosa no es tan sencilla. En primer lugar, no es el concepto de embarcación lo que habría que determinar, si no el de buque. Además no se trata de normativa interna, que es a la que te refieres y, aun en el caso de la normativa interna en ocasiones las embarcaciones se engloban en el concepto de buque (o al contrario). En todo caso hay que estar al apartado 2 del artículo 2 (definiciones) de la propia directiva.
En cuanto al derecho interno, el RD todavía vigente hasta la trasposición de la nueva directiva establece en su artículo 2 (definiciones) el concepto de buque:
A efectos de este Real Decreto se entenderá por buque: cualquier embarcación, plataforma o artefacto flotante, con o sin desplazamiento, apto para la navegación, sujetos a los convenios internacionales pertinentes.
Quedan excluidos en todo caso los buques afectos a la Defensa Nacional, los de la Armada Española y auxiliares de la misma y los que gocen de un régimen especial.

Saludos cordiales

Editado por papaventos en 01-09-2014 a las 14:27.
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iperkeno (01-09-2014), Pepota (08-09-2014), port bo (08-09-2014)