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Antiguo 09-09-2014, 15:12
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Matriculación vela (ligera): ¿limbo legal?

Buenas (unos cafés para aclarar ideas)

He leído en algún hilo tabernario que las embarcaciones de
vela ligera, si son "para regatas" y "no tienen motor" están exentas de
estar matriculadas.

Sin embargo en la normativa
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...nes/Matricula/

No dice nada de nada de eso. Literalmente pone

Cita:
Embarcaciones exentas de matriculación

Están exentas de matriculación las embarcaciones de recreo menores de 2,5 metros y los aparatos flotantes o de playa con independencia de su eslora.
O sea, que los vela ligera deberían estar matriculados aunque sea para competir, tengan o no motor (no se hace ninguna salvedad por no tenerlo).
Y ya no digamos aquellos que tenemos vela ligera para
pasear (lasers, RS, hobicats, etc, etc) a quienes algunos le han puesto un
pequeño motor.
Además, en la normativa no encuentro oficialmente qué es ser "vela ligera"


¿Las autoridades hacen la vista gorda, entiendo, o me he perdido algo?

¿Hasta qué eslora hacen la vista gorda?

¿Para engordar esa vista, les ayuda que estemos federados en vela ligera (yo estoy en no-competitiva)?

¿Se les afina la vista si ven un motor en un vela ligera? Es decir un vela ligera con motor ¿deja de ser ligera?

Gracias
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