Re: información sobre glastron laraya porfa
Por si no lo has tenido en cuenta
No se necesitará título de recreo
Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica), se podrán gobernar las siguientes embarcaciones/ aparatos flotantes, sin necesidad de un título:
Embarcaciones a motor hasta 4 mts. de eslora y con una potencia máxima de 11,03 kW.
Autorizaciones Federativas
Gobierno de embarcaciones de recreo, hasta 6 mts. de eslora y una potencia máxima de motor de 40 kW (54 CV), en navegaciones diurnas en zonas delimitadas por la Capitanía Marítima.
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