Cita:
Originalmente publicado por biziberri
hola piratas, y filibusteros varios
pregunta sobre todo dirigida a empresas de lista 6
suposicion
supongamos que una empresa sl con un barco x en 6ª
alquila por 6 meses (por poner algo), a una persona fisica
señor "fulano" y este a su vez sale a navegar durante este periodo
sub arrendando plazas en dicho barco,
como trata la ley, u hacienda a dicho señor "fulano"
si en un control rutinario , si detectan dicho acuerdo o sub arriendo
ya se que lo "logico " es no enseñar ese subcontrato u acuerdo con esas
terceras personas
todo esto lo digo porque en algunaq ocasion e visto alquileres de larga
duracion a precios interesantes con unidades, no comerciales
o en epocas que hay poca demanda de charter
gracias
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ese señor fulano , esta haciendo un acto ilegal...
para los barcos de lista 6ª hay dos modalidades de alquileres
alquiler de barco sin patrón
alquiler de barco con patrón (debe de ser profesional )
................................no mas
en nuestra querida y extendida costa peninsular e insular se esta
haciendo la clásica trampa de alquiler con patrón , ........
que no es profesional es de recreo y a los que le cobran por ese servicio aleccionan para que cuando venga la guardia civil digan que son amigos...y vuelta a hacer la trampa.....
deprimente para los que nos dedicamos a esto , y vemos como se permite
anunciarse en alquileres con patrón cuando el barco ni esta despachado para eso
por que para despacharlos , generalmente las capitanias , piden un permiso de la comunidad `para ejercer ese servicio
o vamos a navegar que somos colegas y solo cobramos los gastos a repartir..
joeerrrrr vaya gastos
vale me caliento
cervezas......




