Si parece que lo pueden exigir según este RD. En mi humilde opinión es ilegal ya que modifica el principio de regulación por la bandera que contempla el Codigo Civil y la Convencion del Mar por el de regulación por la nacionalidad de la persona. Entiendo que por jerarquía normativa no se puede hacer. A ver que piensan el resto de los países del hecho que les regulen competencias de ellos.
Cuando uno ve esta disposición puede llegar a pensar (no lo afirmo) que terminado el chollo de las homologaciones,inspecciones,etc no se les podía escapar el de las titulaciones....

