Re: Licencia Navegación (titulan) según RD 875/2014
Antes el títulin según orden FOM 3200/2007 la Autorización federativa era en aguas delimitadas por capitanía, si no las delimitan las tarjetas te atribuian para 4 millas por que NO podían pasar de las atribuciones de un PNB de 5 millas
Artículo 10. Autorizaciones concedidas por federaciones náutico-deportivas.
1. Las federaciones náutico-deportivas de vela y motonáutica podrán expedir autorizaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia máxima de motor adecuada a las mismas y en todo caso, inferior a 40 kW, válidas para navegación realizada en período diurno en zonas delimitadas por la capitanía marítima correspondiente. No obstante, no se podrán superar en momento alguno las limitaciones del título de patrón para navegación básica.
|