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Antiguo 16-10-2014, 13:57
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BORRASCA BORRASCA esta desconectado
Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Atribuciones profesionales Títulos de recreo

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Originalmente publicado por petete2013 Ver mensaje
La verdad... es que aparentemente, todos ganan en atribuciones, excepto los CY's. quienes han visto directamente recortadas sus atribuciones, sinó estoy equivocado, hasta la fecha, un CY podía gobernar sin límite geográfico y sin límite de eslora, siempre y cuando no ejerciera actividad profesional, o llevase mas de 12 pasajeros incluído el CY.

Entiendo con esta nueva normativa, que si algún Armador CY tiene un barco de eslora superior a 24 metros, debiera contratar un patrón profesional??? Pues el no podría gobernar su propio barco no??? Cómo se encaja esto'???
Si antes tenia el CY a partir de ahora, (que es distinto a si lo obtiene ahora)


Disposición adicional sexta. Títulos adquiridos en aplicación de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Los poseedores de títulos obtenidos al amparo de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, podrán optar bien por conservar dichos títulos con las atribuciones que confieren los mismos o bien canjearlos por los títulos regulados en este real decreto, conforme a lo previsto en la disposición adicional siguiente.
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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