Discusión: Pesca de fondo
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Antiguo 16-10-2014, 16:58
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Wali Medina Mursiya
 
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Predeterminado Re: Pesca de fondo

Artes autorizadas

El único sistema de pesca autorizado a los pescadores recreativos es el aparejo de anzuelos, entendiendo por aparejos, cualquier línea de anzuelos sujeta a la embarcación o sostenida con la mano o con ayuda de una caña de pesca. Entre estos aparejos se incluyen la potera y los peces o cebos artificiales.
  • Se autoriza un máximo de 6 anzuelos o 2 poteras por licencia
Por tanto, los pescadores deportivos con licencia de pesca marítima de recreo de superficie no pueden utilizar artes o aparejos propios de la pesca profesional como son las redes, palangres, nasas y demás artes fijos o a la deriva.
Asismismo, están prohibidos todos los instrumentos de tracción mecánica o eléctrica, como pueden ser los carretes hidráulicos o eléctricos, al igual que la utilización de la luz como medio de atracción artificial.Por tanto, quedan prohibidos:
- Instrumentos de tracción mecánica o eléctrica, como son, los carretes hidráulicos o eléctricos.
- Luz o señuelos.
- Uso de aparatos que empleen como fuerza propulsora mezclas detonantes o explosivas.
- Explosivos o sustancias tóxicas, paralizantes, soporíferas o corrosivas.
- Artes de enmalle, palangre, nasas y demás artes fijas o de deriva.
- Todas las artes no autorizadas en el artículo 18 del Decreto 198/2000 de 3 de octubre.

http://www.nasdap.ejgv.euskadi.net/r...reo_artes.html

La práctica de la pesca marítima recreativa es aquella que se realiza por entretenimiento, deporte o afición, sin ánimo de lucro, no pudiendo ser objeto de venta ni transacción las capturas obtenidas.
Para el ejercicio de la pesca marítima recreativa será necesario estar en posesión de la correspondiente licencia, según la modalidad que se ejerza, que será expedida por la Dirección de Pesca y Acuicultura y ser mayor de 16 años.
Existen dos tipos de licencias:
1. Marítima recreativa de superficie: faculta a ejercer la pesca recreativa de superficie desde tierra o desde una embarcación de la 7ª Lista del registro de la matrícula. (Vigencia máxima 5 años).

En Murcia maximo dos cañas por licencia y 6 anzuelos.

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"Recuerda que el dia que naciste todos reian, y tu llorabas; vive de tal manera que cuando mueras, todos lloren, y tu rias" Proverbio Persa.
"Acabado el Juego, el Rey y el Peon, vuelven a la misma caja". Proverbio Italiano.
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butio35 (16-10-2014)