Cita:
Originalmente publicado por whitecast
El CC (Código Civil) se redactó en 1889, en el s. XIX !!!! cuando no existían zonas marítimas ni convenios sobre la materia, y los barcos mercantes aún usaban sus velas 
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La Ley de Puertos y de la Marina Mercante habla de buques dedicados a la navegacion de recreo o deportiva. Y ha sido publicado hace apenas tres años (el Real Decreto Legislativo de 5 de septiembre de 2011)...
Y, como digo en el post anterior, si las normas que se refieren a "buques" no son aplicables a nuestros veleritos, muchos estaran de fiesta porque entonces no hay ninguna norma que establezca infracciones y sanciones a las embarcaciones de recreo.
Pero entonces tampoco sera aplicable el RIPA, que en su regla 1 dice que
"El presente Reglamento se aplicará a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación marítima."