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Antiguo 19-10-2014, 18:09
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Más Mando Para Capitanes De Yate

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Originalmente publicado por capitan morgan Ver mensaje


Leyendo el RD:

Artículo 7 Personal de gobierno y marinería del buque
1. Con independencia del uso privado o comercial de los buques de recreo, las tripulaciones deberán estar integradas por personal profesional, salvo lo previsto en el apartado tres.
2. Los buques de recreo de uso comercial estarán bajo el mando de un capitán, que podrá estar en posesión del título de capitán de la marina mercante, piloto de primera o segunda de la marina mercante, patrón de altura o bien patrón de litoral, patrón mayor de cabotaje o patrón de cabotaje, de acuerdo con el desplazamiento del buque y las atribuciones que para dichos títulos establece el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
3. Los buques de recreo de uso privado, podrán estar bajo el mando de un Capitán de Yate.


Llama la atención el último punto, como ya se ha dicho en el hilo, pues parece que un Capitán de Yate, aunque no sea el armador y por tanto pueda estar asalariado, puede gobernar un buque de recreo de uso privado, o sea un megayate. ¿esto es así o no lo interpreto bien?

gracias por las aclaraciones.

salud y unas fresquitas

Buenas
Una persona puede comprar un coche y tenerlo a su nombre sin tener carnet de conducir. De hecho yo conduzco un coche que no esta a mi nombre.
Lo mismo un barco, yo compro un 30 metros por que tengo mucha pasta, y, como no tengo el titulo lo lleva mi amigo. El buque al necesitar tripulacion es de suponer que tenga rol. Se le enrola y listo, el es el Capitan al mando. Sin necesidad de que haya una relacion laboral. El buque puede salir sin mi al mar pero no sin el CY que figure en el rol. No necesariamente el armador o propietario tiene que ser el Capitan al mando. El buque es privado por que esta inscrito en 7 lista
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