Hoy al entrar a puerto, estaba la GC en la bocana.
Mientras amarraba, se han acercado por el pantalán. Muy amables, me han dicho que terminara de amarrar tranquilamente y, a continuación, me han pedido educadamente la documentación para una revisión "fiscal, seguridad y titulación".
Mi barco es nuevo (de Junio 2014), con bandera belga, impuestos pagados en España (IVA y matriculación) y Bélgica (2.740 euracos).
Preguntan que desde cuándo está el barco en España y me dicen que tengo que sacarlo del país o precintarlo, hasta que les muestro que he pagado los impuestos aquí.
No entienden porqué he matriculado el barco en Bélgica. Me dicen que será para no pasar ITB. Respondo que la ITB de un barco nuevo es un mero (y caro) trámite, pero que no es ese el motivo.
Me ponen pegas al seguro (póliza y recibo bancario) porque no se indica la matrícula (en trámite en el momento en que lo contraté, y así lo pone) y, a pesar de que es un todo riesgo, no se indica en el recibo que cumple con el Real Decreto doscientos-no-se-qué...
Me piden que les enseñe los elementos de seguridad. Les digo que, aunque en la legislación belga son más light, tengo todos los que serían necesarios si el barco llevara bandera española y 12 personas a bordo. Le enseño la balsa, la radiobaliza, las bengalas (les encantan las bengalas y su caducidad), el botiquín... me dicen que vale, que está todo, y todo nuevo y sin caducar.
Para terminar, pasamos al tema título. Les digo que no es necesario hasta que entre en vigor el nuevo real Decreto aprobado por el Consejo de ministros de la semana pasada pero me dicen que si no se lo muestro, tienen que levantar acta y que no saben nada ni de la legislación belga ni del Real Decreto (sic).
Les enseño el PER y el Yachtmaster Offshore con una convalidación en España por seis meses de hace un par de años. Del segundo me dicen que no saben si me permite llevar una embarcación con bandera de otro país y que el PER es insuficiente para 44 pies.
Total que levantan acta de denuncia a Capitanía de Alicante por titulación insuficiente y escribimos en la casilla correspondiente que yo alego que: "hasta la entrada en vigor del RD de Octubre de 2014 no es necesaria la titulación para un español patronee una embarcación con bandera belga y que a partir de la entrada en vigor del RD bastará con el PER porque tiene menos de 15 metros de eslora"
Me dicen al despedirse muy correctos (en todo momento han sido extremadamente amables y educados) que si tengo razón, la Capitanía no tramitará la sanción... ¿alguien quiere apostar?

