Cita:
Originalmente publicado por Mab1959
Buenas tardes, que un RD contradiga lo dicho en otro RD anterior, no significa que lo anule. Para ello debe decirl explícitamente que anula las normas de igualó inferior rango que se opongan a su propio contenido. Como este no es el caso nos encontramos con dos RD iguales que dicen dos cosas contradictorias. Habrá que esperar a que salga la corrección de errores o que se interponga un recurso para que se resuelva.de todas formas creo que garará el RD 875/2014.
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En los dos RD aparece la disposición derogatoria y como entrarán en vigor el 11 y 18 de enero de 2015, entre otras razones para que se puedan detectar otros errores ademas del objeto de este hilo, hay tiempo para que salgan las correcciones de errores y se resuelva el tema.