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Antiguo 31-10-2014, 19:34
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Predeterminado Re: Bandera holandesa, exigencia título español.

No hay ni un solo artículo en la convemar que diga que un barco extranjero navegando en aguas interiores españolas está exento de cumplir con la legislación española.

Son conceptos muy básicos del derecho marítimo y me cansa discutir obviedades Tupac, entiéndeme.

Ya existe un título Europeo , el ICC http://en.wikipedia.org/wiki/Interna..._of_Competence, convenio del que España no es parte, aunque según algunos el ICC no tiene sentido, ya que un título de un país, (o su no necesidad) vale en todos amparándose en la protección de la bandera, ¿alguien me puede explicar dicha contradicción?

Esta protección según algunos foreros está basado en algún artículo de la convemar, que no logro encontrar por más que busco (y el código civil del S XIX). Señores leeanse el artículo la ley de puertos 263

son competencias del Ministerio de Fomento las siguientes:


a) Las relativas a la seguridad de la vida humana en la mar y de la navegación en relación con todas las plataformas fijas o los buques civiles españoles, así como con los extranjeros cuando se encuentren en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción y de acuerdo con el Derecho Internacional.




Editado por whitecast en 31-10-2014 a las 19:56.
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