Cita:
Originalmente publicado por whitecast
Por cierto que eslora tiene tu barco, porque para esloras de más de 24 m pueden haber requisitos adicionales?
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Malembe, un requisito adicional, desde la entrada en vigor de la Ley de Navegación Marítima (LNM 14/2014) para los buques de recreo (>24m) al arribar a nuestros puertos es la exigencia de contratar consignatario, si no entras a puerto no tendrás ningún problema al fondear, antes de la entrada en vigor de la LNM había que pedir permiso.