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Antiguo 08-11-2014, 19:01
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Pirata
 
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Predeterminado Re: Modificación titulaciones profesionales de la marina mercante

A falta de una lectura más exaustiva:
art. 98:La expresión «buques civiles» que figura en los artículos 5.2.a) y b); 6.2.a); 7.2.a);8.2.a),c) y d); 9.2.a); 11.2.a); 12.2.a); 13.2.a) y c); 14.2.b), c) y d); y 15.2.b) y c), se sustituye por «buques mercantes».
Asimismo la expresión «básicas» que figura en el artículo 1 se suprime.
A mi juicio, con ello se está corrigiendo la contradicción que existía al dar mando a los capitanes de yate en buques privados, y asimismo las condiciones de titulación que contemplaba el RD de 2009 ya no son "BASICAS", por lo que no serían exigibles. Esto afectaría al mando de todas las embarcaciones y buques que no sean mercantes.
No soy experto y es solo una opinión.
Saludos
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