Cita:
Originalmente publicado por AILANAUTIC
Este es el tema. Porque al final, lo que cuenta, además de los conocimientos teóricos, son los dias de navegación. Y hay fórmulas que no son tan complicadas. Si navego es que embarco y salgo de un puerto y entro en otro o en el mismo y desembarco. ¿Si?. Salir y entrar. Embarcar y desembarcar. Eso es lo que debería ser el enrole. En la actual legislación existe la figura del "autoenrloe", que realiza el capitán o patrón. ¿Sería tan complicado que ese autoenrole, fuese acompañado de la certificación del puerto en que el barco atraca? He leído en otro post que la guardia civil pide la titulación a la capitanía de un Club (que supongo será el concesionario de una marina),¿Que pasaría si una reforma legal (por ejemplo un Real Decreto), regulase que la libreta marítima del patrón o capitán de una embarcación o buque de recreo fuese también certificada por la Capitanía del puerto donde atraca el barco?. Aunque lo hiciese con caracter mensual. ¿no es tan complicado desde las capitanías de las marinas deportivas llevar un registro de entradas y salidas, que por otra parte deberían ser obligatorias?. Por otra parte existe el AIS donde se registran los movimientos de las embarcaciones. Sabríamos lo que navega un barco y quien lo gobierna ¿o nó?. ¿y eso no conforma los días de navegación y el tipo de barcos en los que se navega?. Es solo una sugerencia.
Saludos
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Así, a bote pronto, no me parece practicable.
Para embarcaciones deportivas que pueden efectuar perfectamente (y mas en verano) 2 o mas salidas al día, y por la noche... y sin horas fijas, esperando a que lleguen los últimos invitados...
Nadie quiere mas intervencionismo y burocracia ¡ya sobra!
No se puede mantener una infraestructura administrativa de 24h/7dias (y con alguien "con firma" de guardia siempre) en los puertos deportivos.
Como no inventen algo como un tacógrafo marino...
