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Originalmente publicado por Mateando
Supongo que el emitir una señal por error se puede producir tanto en una radiobaliza homologada en España, como en otra homologada en el extranjero y en barcos, buques o artefactos de playa, tanto españoles como extranjeros.
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De acuerdo. Este hilo lo baso en especulación, porque personalmente no creo que te sancionen salvo que haya una mala intención manifiesta o un despliegue de medios de salvamento.
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Originalmente publicado por Mateando
Lo que está claro es que en caso de riesgo vital es legítimo el uso de cualquier medio que pueda salvar una vida. No sólo no es sancionable; al contrario, es obligatorio utilizar todos los medios a nuestra disposición para salvarla.
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Esto no lo tengo nada claro. Creo que nos librariamos porque realmente en la baliza personal no se mete como ID el MMSI del barco, pero si estás en un barco español y se hace un atestado por un rescate a un MOB, que con suerte haces con tu mismo barco, no me extrañaria que pudiera derivar en un expediente de infracción, pero seguimos en el ámbito de la especulación.
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Originalmente publicado por Mateando
Por otro lado desde el momento en que Hacienda cobra un impuesto por permitir entrar el artículo en el país, entiendo que cumple con la legalidad. De lo contrario tendrían que impedir su entrada.
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Aqui si que creo que estás equivocado. Que haya habido un hecho impositivo sobre un bien, no tiene nada que ver con su validez o legalidad en otro ámbito ámbito administrativos. En otros sectores conozco bien este tema. P.e. que tu pagues IBI en un chalet como suelo urbano, no garantiza que lo sea legalmente; que pagues unos impuestos de importación por un equipo no implica que -según el ambito- pueda ser legalmente usado en nuestro país.
Creo que todo esto, las RB personales, los AIS Tx, etc pillan a las autoridades con el pie cambiado, por lo que -quiero creer- que no tendrán unas claras intenciones de sancionar, pero la duda siempre nos queda.