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Predeterminado Re: Pregunta sobre emisoras HF

buenas tardes a todos
mas ronditas
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Originalmente publicado por Perseis Ver mensaje
Respuesta a marineroloco:

El tipo de emisora da igual para lo que trataba de explicar. Puedes instalar sin ningun problema una emisora de radioaficionado en un barco, en un coche o en un avión. Es lo que se denomina una estación móvil de radioaficionado.
pues no no da igual, no es lo mismo un equipo marino que cumple las normas y planes de banda del servicio movil maritimo que una de aficionado que cumple con el servicio movil terrestre
y si tu puedes montar una emisora de radio aficionado donde quieras pero siempre sera de radio aficionado , no por montarla en un barco pasa a ser una emisora marina.


Si lo que tienes es una radio marina, nada te prohibe usarla en bandas de radioaficionado si lo eres y cumples la normativa.
si si que te lo prohibe , primero por que legalmente no esta autorizada a emitir en bandas a las que no cumple con el certificado de aprobacion
y lo segundo , y me remito a la orden que tu mismo has puesto sobre el reglamento de estaciones de aficionado copio y pego del mismo


3. La autorización de radioaficionado habilita a su titular para efectuar emisiones, mediante estaciones fijas que dispongan de la preceptiva licencia y/o estaciones móviles o portátiles, en cualquiera de las bandas de frecuencias atribuidas al Servicio de Aficionados y Servicio de Aficionados por Satélite, con las características técnicas especificadas en el apartado 3 del anexo I o en aquellas otras bandas que se establecieran al efecto, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 16 y 17 sobre limitaciones de uso de determinadas bandas de frecuencia y usos temporales y experimentales. Las emisiones del Servicio de Aficionados por Satélite quedarán restringidas a aquellas bandas atribuidas al efecto en el CNAF.

creo que hasta ahora una estacion del servicio movil maritimo no tiene licencia de radioaficionado ,luego para transmitir en las bandas que sitienes autorizada utilizas una estacion no autorizada.



¿Por qué afirmas que no se puede usar una HF marina en bandas de aficionados?
legalmente si , lo afirmo, tecnicamente todo es posible
pasamos a otro articulo del reglamento que aclara alguna pequeña duda del tipo de equipo al que los radio aficionados estamos autorizados a utilizar

5. Los equipos radioeléctricos adquiridos en el mercado que se pretenda utilizar deberán cumplir con la legislación que les fuese de aplicación en el momento de su comercialización inicial (marcado CE, certificado de aceptación radioeléctrica, etc.).

dentro de estos apartados figuran el tipo de servicio y homologacion , si teneis algun equipo delante podreis fijaros que tiene una pegatina ce un circulo con una ! en su interior , y un numero por poner un ejemplo para el ft-587 es el
CE 021549, ese numerito es el que indica que tipo de equipo es, frecuencias, tipos de modulacion,potencia, distorsion, ect ect y el que indica a que tipo de servicio esta destinado, es obligatorio y en todos los manuales tiene que venir una copia de ese certificado que es requerido por telecomunicaciones para lo que llamamos legalizar el equipo

telecomunicaciones no te va a legalizar un equipo de marina para una estacion de aficionado , y recordemos que todo equipo tiene que estar dado de alta bien como movil,portatil, fijo , o fijo desatendido ,ect ect ,osea asociado a una estacion ,

El indicativo de radioaficionado es personal. Independiente de la estación.
Las estaciones móviles de aficionado no necesitan licencia de estación. Lo cual no implica que no esten obligadas al cumplimiento de las normas aplicables a este tipo de estaciones.
(para más información: Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados. Orden IET/1311/2013 de 9 de julio. BOE de 12 de julio)
como he puesto anteriormente en parte llevas razon, el indicativo aunque nos creamos lo contrario no es a la persona me explico
cuando nosotros nos examinamos obtenemos un certificado, diplomita el cual nos dice que tenemos los conocimientos para operar una estacion de radioafcionado con las restricciones que ello conlleva , en ese momento no tenemos letras o indicativo , solo el diploma , eso es lo que llamamos operador

una vez superado esto, necesitas tener una estacion, y que es esto pues nos vamos al reglamento y vemos como la define en este caso a una fija


1. A los efectos del presente reglamento se entiende por estación fija de radioaficionado el conjunto de equipos, soportes, antenas, cables de interconexión y demás elementos anejos, que permiten la emisión y recepción de señales del servicio de radioaficionados desde una ubicación fija determinada. La instalación y funcionamiento de cualquier estación fija de radioaficionado precisa de una licencia, la cual se considerará asociada a la autorización de radioaficionado de su titular. Una misma licencia podrá amparar los diferentes equipos que formen parte de una estación.

si nos olvidamos de la fija y generalizamos pues una estacion es el equipo,antenas, y cables tanto de antena como de alimentacion, soportes ect ect, si es en portatil pues un walki y su antenita y su bateria, su cargador y su funda. por ponerlo completo
bueno pues ya lo tenemos esto es la estacion ( no la de tren)
que nos ha dicho el reglamento , pues que toda estacion precisa de una licencia, (las letras o el indicativo) continuamos con el reglamento

Cada autorización de radioaficionado llevará asociado un distintivo de llamada que identificará a su titular en las emisiones que efectúe desde cualquier punto del territorio nacional.

(edito por no ceñirme al hilo y no ser relevante.)

Por contra, la licencia de estación de barco se refiere al barco, no al operador, que efectivamente, debe poseer la autorización pertinente.
la licencia de estacion de barco, se concede al la estacion compuesta por una o varias emisoras , en este caso instalada en un barco o dos ,que ocurre si llevas otra emisora en un tender encima del barco?
pues que esa emisora se asocia al leb del principal y va en otro barco

Cita:
Originalmente publicado por Perseis Ver mensaje
Las bandas de radioaficionados en HF (3000 a
30000 kHz) son:
3500-3800 kHz
7000-7200 kHz
10100-10150 kHz
14000-14350 kHz
18068-18168 kHz
21000-21450 kHz
24890-24990 kHz
28000-29700 kHz

Las bandas de servicio móvil marítimo (*) o móvil genérico son:
2625-2650 kHz *
3155-3200 kHz
3500-3800 kHz (compartido con radioaficionados)esta informacion segun el cnaf y la uit(union internacional de telecomunicaciones)que es la que administra todo esto no es correcta
http://www.minetur.gob.es/telecomuni...ciones2013.pdf
pagina 15 del cuadro

4000-4063 kHz
4063-4438 kHz *
4438-4488 kHz
4488-4650 kHz
5250-5275 kHz

5275-5450 kHz
5275-5450 kHz
6200-6525 kHz *
6765-7000 kHz
7450-8100 kHz
8100-8195 kHz
8195-8815 kHz *
10150-11175 kHz
12230-13200 kHz *
13410-13450 kHz
13550-13570 kHz,
13870-14000 kHz
14350-14990 kHz
16360-17410 kHz *
18780-18900 kHz *
19680-19800 kHz *
20010-21000 kHz
22000-22855 kHz *
23000-23200 kHz
23350-24000 kHz
25010-25070 kHz
25070-25210 kHz *
25210-25550 kHz
26100-26175 kHz *
26175-26200 kHz
26200-26350 kHz
26350-27500 kHz
27500-28000 kHz
29700-30005 kHz

Las bandas con * son exclusivas de servicio móvil marítimo. Las otras son compartidas con otros servicios.
sobre el resto de los asteriscos pues si quieres vamos uno a uno ,
para no movermos mucho de la pagina 15, pagina 14 2625-2650 kHz * dices que son exclusivas del servicio movil maritimo
en parte tienes razon pero como siempre hay que leer todo

2625 - 2650 MÓVIL MARÍTIMO RADIONAVEGACIÓN MARÍTIMA M R
5.92
UN-114
3155-3200 kHz

como se puede leer reservadas a radionavegacion,
de donde M y R es a quien o que esta reservado

P: Uso privativo
R: Uso reservado al Estado
M: Uso mixto que comprende los usos P y R

y ademas tiene una un osea una norma de utilizacion nacional mas concretamente la 114 que limita los niveles a 10m de distancia.



148,5 kHz - 5 MHz -15 dB
μ
A/m a 10 m
Campo máximo de -5 dB
μ
A/m a 10 m en banda
de 10 kHz, campo máximo de -5 dB
μ
A/m a 10 m
para ancho de banda >10 kHz


3155-3200 kHz comentas de uso compartido con movil maritimo? o es lo que interpretas

esto es lo que pone en el cnaf pag 14



3155 - 3200MÓVIL salvo móvil aeronáutico (R)FIJO



si interpretamos movil a movil maritimo pues aceptamos pulpo,

servicio móvil:Servicio de radiocomunicación entre estaciones móviles y estaciones
terrestres o entre estaciones móviles.


servicio móvil marítimo:Servicio móvil entre estaciones costeras y estaciones de
barco, entre estaciones de barco, o entre
estaciones de comunicaciones a bordo
asociadas; también pueden considerarse incluidas en este servicio las estaciones de
embarcación o dispositivo de salvamento y las estaciones radiobaliza de localización
de siniestros.


pero ademas el uso es m de uso privativo y reservado al estado.



y si yo tambien recomiendo la licencia , es relativamente sencillo y aparte se aprende bastante.

un saludo y perdon por el tocho

Editado por elmarineroloco en 04-12-2014 a las 10:02.
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